Propuesta de Ley para facilitar el registro del cambio de sexo

El pasado 3 de marzo, el Grupo  Parlamentario Socialista presentaba una proposición de Ley para la reforma de la Ley 3/2007, de 15 de marzo. Ley que regula, entre otros, la rectificación en el registro de la información relativa al sexo de las personas, para permitir la rectificación del sexo y nombre de los jóvenes transexuales y/o trans.

Según el Grupo Socialista, aunque la Ley 3/2007 supuso un hito en el reconocimiento de la identidad sexual y un avance decisivo en el desarrollo de la personalidad y la dignidad de las personas transexuales, necesita una actualización para adaptarse a la realidad actual.

Esta ley posibilitó que muchas personas cuya asignación registral del sexo no coincidía con su sexo sentido pudieran modificarlo. Fue una ley pionera en los países del entorno permitiendo por primera vez dicha rectificación registral del sexo sin necesidad de haber pasado por tratamientos quirúrgicos de cirugías genitales.

Sin embargo, según se expone en esta propuesta de ley, la Ley 3/2007, de 15 de marzo, necesita ser reformada en 3 puntos concretos:

1.- para permitir la rectificación registral de la información relativa al sexo y nombre de menores transexuales y/o trans suprimiendo la obligación de aportar cualquier tipo de documentación médica, ni haberse sometido a cirugías genitales ni terapias hormonales;

2.- para posibilitar el cambio de sexo y nombre en la tarjeta de residencia o permiso de trabajo para personas extranjeras cuando se cumplan determinados requisitos;

3.- para el reconocimiento del cambio de sexo registral en personas intersexuales.

Con la reforma que introduce esta ley quedaría reconocido de manera definitiva el derecho que los menores transexuales y/o trans tienen para desarrollarse libremente durante su infancia y adolescencia según la identidad sexual y/o de género sentida. Así se pretende poner fin a la inseguridad jurídica que genera para ellos algunas resoluciones contradictorias.

Además, se busca eliminar la conceptualización de la identidad sexual y/o expresión de género como una enfermedad. Borrar la identificación de las identidades trans con patologías médicas, psiquiátricas o psicológicas eliminando la exigencia de informes y tratamientos para ejercer el derecho a la rectificación registral de la mención relativa al sexo.

Y por último, evitar la discriminación de las personas extrajeras con residencia en nuestro país reconociéndole su derecho a la identidad sexual posibilitando que los documentos que aquí se les expidan respeten dicha identidad si cumplen los requisitos.

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