Todo propietario de piso o local tiene derecho a cambiar el uso como considere más adecuado, siempre que dicho uso no esté expresamente prohibido o limitado por el régimen de propiedad horizontal, título constitutivo o regulación estatutaria.
Es doctrina del Tribunal Supremo, que ha vuelto a resolver un caso de una comunidad de propietarios que se opuso a que uno de sus vecinos cambiara el uso de su propiedad, destinada a oficina, para convertirla en vivienda. El propietario argumentó que no existía prohibición expresa para modificar el uso, ni limitación a su derecho de propiedad sobre la finca. Además, el cambio de uso no comprometía los elementos comunes ni afectaba a la estructura del edificio.
Según el Supremo, se trata de un derecho del propietario que no puede ser despojado salvo que se trate de un cambio de uso expresamente prohibido o que se encuentre limitado por su título constitutivo, por el régimen de propiedad horizontal o por su regulación estatutaria.